El streaming y la evoluciA?n tecnolA?gica
En el A?ltimo aAi??o, el Streaming o visionado online, se ha impuesto en nuestro paAi??s como uno de los modos de piraterAi??a mA?s demandados entre los usuarios para acceder a los contenidos protegidos por derechos de autor.
Stream significa ai???transmisiA?nai??? en inglAi??s. Utilizamos la palabra ai???streamingai??? para referirnos a la transmisiA?n de archivos multimedia en directo a travAi??s de Internet. Aunque conviene distinguir dos tipos de ai???streamingai???, que plantean tecnologAi??as y problemA?ticas diferentes:
- Streaming bajo demanda: Se podrAi??a comparar con ver en el televisor un DVD elegido previamente. Un servidor almacena archivos de vAi??deo o de mA?sica; los usuarios eligen los que mA?s les interesen, hacen clic en un botA?n, y pueden disfrutar de ellos desde la misma pA?gina web, sin tener que descargarlos a su disco duro. Un buen ejemplo es YouTube.
- Streaming en directo: un servidor emite contenidos, que los usuarios reciben en tiempo real a travAi??s de la red, como si estuvieran viendo un programa de televisiA?n en directo, utilizado para videoconferencias y televisiA?n por Internet.
Aunque el streaming se ha popularizado recientemente, en una revoluciA?n liderada por Youtube, lo cierto es que ya cuenta con 10 aAi??os de historia. De hecho, la mayorAi??a de formatos de vAi??deo y audio que utilizamos (MP4, Real Video, Quick Time, Windows Media Video…) no se inventaron para enloquecernos con sus incompatibilidades, sino para transmitir datos en directo a travAi??s de la red. En un principio, si querAi??amos escuchar una canciA?n o ver un vAi??deo colgado en Internet, tenAi??amos que descargarlos en nuestro disco duro, e introducirlos en el reproductor Purchase panmycin de turno. No era posible reproducirlos desde la misma pA?gina web. Sin embargo, en los aAi??os 90, aparecieron una serie de nuevas tecnologAi??as que agilizaron increAi??blemente el proceso de transmisiA?n de datos:
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- La apariciA?n de protocolos ai???ligerosai???, como el UDP (User Datagram Protocol), o el RTSP (Real Time Streaming Protocol). La clave de estos protocolos, es que la transmisiA?n de datos se realiza de forma simplificada. Cuando nos conectamos a una pA?gina web, el protocolo TCP impone que hay que establecer una primera conexiA?n entre los ordenadores (algo asAi?? como concertar una cita), que los paquetes de informaciA?n deben de llegar en un orden estricto, y que el receptor tiene que enviar una seAi??al de confirmaciA?n cada vez que recibe uno. El objetivo, es garantizar que la informaciA?n llegue Ai??ntegra a su destino; pero en la emisiA?n de contenidos multimedia, el proceso se ralentiza terriblemente, interrumpiAi??ndose cada vez que falla algo en el protocolo.
- El UDP, sin embargo, no establece tantas ai???normas de etiquetaai???. Los datagramas o paquetes incorporan la IP de destino, por lo que no necesitan ai???cita previaai???. No controlan el flujo, por lo que no importa el orden en el que lleguen los paquetes; y tampoco hay seAi??ales de confirmaciA?n de entrega o recepciA?n. Al retransmitir en directo contenidos multimedia, esas pequeAi??as pAi??rdidas de informaciA?n que puedan producirse, apenas son perceptibles para el receptor.
- La precarga. El archivo no se descarga en el disco duro del ordenador, sino en la memoria temporal. De tal manera que, cuando hemos recibido un porcentaje mAi??nimo de los datos, el archivo comienza a reproducirse, mientras el resto sigue descargA?ndose. Si el proceso se interrumpe en algA?n momento, podemos seguir reproduciendo lo que ya se ha descargado.
- La apariciA?n de formatos ai???fluyentesai??? (MP4, Real Audio, Quick Time, ACC, Ogg…) que codifican los archivos como un torrente de datos que puede manar a travAi??s de la red; y de cA?decs capaces de reproducirlos en el ordenador cliente (Real Player, Sorenson, Windows Media Player…)
- Ancho de banda suficiente para el torrente de datos que debe llegar a los usuarios. Por fortuna, han surgido empresas y organizaciones que proveen de ancho de banda exclusivamente para streaming, apartA?ndolo del trA?fico para otros usos.
En un principio, la arquitectura del streaming se apoya en el esquema cliente- servidor. Hay un servidor que almacena y transmite datos a travAi??s de la red, para los receptores que quieran acceder a ellos. Pero, a la hora de transmitir contenidos en directo, hay varias maneras de hacerlo. AsAi??, tradicionalmente se ha distinguido entre unicasting (el servidor transmite los datos a cada uno de los usuarios que conectan con Ai??l) y el broadcasting (parecido a la radio o la televisiA?n: el servidor emite la informaciA?n para toda la red, y son los usuarios los que deciden si quieren recibirla). Sin embargo, el primer sistema planteaba el problema de que consumAi??a demasiado ancho de banda, y que los servidores se colapsaban cuando recibAi??an demasiadas peticiones. Por su parte, el broadcasting implicaba el desperdicio de una importante porciA?n del ancho de banda. Por estas razones, se empezaron a aplicar tecnologAi??as de redes mA?s complejas. AsAi??, cada vez se usan mA?s el Multicasting (con un esquema en A?rbol: el servidor envAi??a los datos a direcciones IP multicast, a los que se tienen que conectar los clientes interesados); y, sobre todo, el TVP2P. El Octoshape, el TVUPlayer, y todos esos programas popularizados para ver partidos a travAi??s de Internet, se basan en la tecnologAi??a de las redes P2P, compartiendo fuentes, recursos y ancho de banda entre los usuarios.
El streaming y los derechos de autor
A?QuAi?? problemas plantea el Streaming para los derechos de autor? En este punto, hay que tener en cuenta la distinciA?n anterior entre los dos tipos de streaming, ya que cada uno plantea problemas diferentes.
Un caso especial serAi??an las estaciones de radio. En realidad, a muchas de ellas habrAi??a que incluirlas en el grupo de ai???streaming bajo demandaai???, ya que no se trata de una misma emisiA?n para todos los clientes, sino que cada usuario elige los temas y artistas que prefiera, configurando una sesiA?n personalizada. Sin embargo, estas pA?ginas siguen el modelo de la radio en el sentido de que pagan los derechos de emisiA?n de sus canciones, y se sostienen econA?micamente gracias a la publicidad en sus webs. Los jA?venes internautas cada vez escuchan mA?s canciones a travAi??s de NovaPlanet o Last.FM, interesA?ndose no tanto por poseer copias de canciones, sino por acceder a ellas. Por estas razones, muchos han seAi??alado el streaming como una de las salidas mA?s interesantes al problema de la piraterAi??a, ya que contentarAi??a a todas las partes.
Sin embargo, esas webs cada vez presentan mA?s problemas econA?micos. Especialmente en Estados Unidos, donde la Digital Millenium Act, de 1999, obliga a pagar mA?s tasas a los que emiten mA?sica por Internet que a los demA?s medios. Hay que distinguir entre derechos de autor (compositores) y los derechos de los intAi??rpretes y productores de cada versiA?n. Las cadenas de radio tradicionales pagaban a los primeros pero no a los segundos, ya que se suponAi??a que los cantantes y sus discogrA?ficas eran beneficiados por la propaganda que se les hacAi??a. Sin embargo, los lobbies de las discogrA?ficas consideraban que ese beneficio no existAi??a a travAi??s de Internet. Con el tiempo, esta situaciA?n se agravA?: se llegA? incluso a pedir que Internet pagase por canciA?n emitida y por oyente. Aunque los acuerdos han suavizado esta situaciA?n, grandes cadenas de radio han rozado la ruina (como Pandora o Spiral Frog, que tuvo que cerrar). Los ingresos de publicidad, que se ha devaluado en los A?ltimos aAi??os, no bastan para pagar los royalties de las canciones, la memoria para almacenarlas, y el ancho de banda para emitirlas. Por eso, varias ya se han pasado a la modalidad de pago, como Last FM (con todo, sus tarifas siguen siendo muy asequibles para los oyentes).
El caso de Youtube, Google Videos, DailyMotion y otras pA?ginas de almacenamiento de vAi??deos, puede recordar mA?s al de las redes P2P, en las que el contenido lo aportan los usuarios. Que, por norma general, no son abogados expertos en asuntos de Propiedad Intelectual. No siempre tienen claro si piratean material protegido (A?Es delito colgar un videoclip que hemos grabado en la televisiA?n? A?Hay que pagar derechos por utilizar una canciA?n como audio en un montaje de vAi??deo?) Y no siempre tienen tiempo ni recursos para contactar con todos los artistas y productores afectados.
Estas pA?ginas plantean ademA?s el problema de que sus vAi??deos se puedan descargar al disco duro. Youtube intenta desincentivar la descarga de sus vAi??deos por varios mAi??todos: por un lado, en sus pA?ginas no hay ningA?n botA?n que permita descargar (A?cuA?ntas pA?ginas no se habrA?n escrito los A?ltimos aAi??os sobre cA?mo bajar vAi??deos del Youtube?); y por otro lado, configuran sus vAi??deos de Flash en una calidad que deja bastante que desear. El problema es que, durante un tiempo, ese archivo estA? alojado en la memoria temporal de nuestro ordenador. BastarAi??a con saber rescatarlo de ahAi??, llevarlo a la ai???memoria de largo plazoai???, antes de que se extinga.
A?QuAi?? responsabilidad asumen esas pA?ginas por los contenidos que dejan sus usuarios? Youtube nos advierte, siempre que queremos subir un vAi??deo, de que debemos comprobar que sus contenidos no estA?n protegidos legalmente. Sin embargo, no estableciA? ningA?n sistema de filtrado. Previsualizar todos los vAi??deos antes de publicarlos, es materialmente imposible (se suben alrededor de 16 horas de contenidos por minuto), relentizarAi??a el proceso, y sobre todo, se podrAi??a considerar una especie de censura previa, que amenazarAi??a la privacidad de los usuarios. Lo que se suele hacer, siguiendo una polAi??tica parecida a la de Google Books, es facilitar una direcciA?n, para que los autores y compaAi??Ai??as que localicen material suyo protegido, puedan reclamar la retirada de esos videos.
En el 2008, en paralelo tambiAi??n con su famoso acuerdo para los libros, Google intentA? conciliarse con los autores mediante Video ID. Por un lado, Video ID es una potente herramienta para filtrar contenidos. Los autores y las productoras que se suscriban al programa, tienen que aportar los materiales que deseen proteger a una base de datos privada. Cada vez que se cuelga un vAi??deo, un programa compara sus fotogramas con los de la base de datos; de tal manera, que en cuestiA?n de segundos, se puede saber si un vAi??deo viola algA?n derecho o no. Pero, por otro, Video ID deja que sus suscriptores puedan elegir entre retirar esos vAi??deos, o mantenerlos en Youtube, a cambio de un porcentaje de los beneficios recibidos por publicidad (aunque, al igual que las web de radio, los ingresos por publicidad cada vez son menores). Aunque hay que indicar que, en ese sentido, Youtube es una de las pA?ginas de videos mA?s respetuosas con el tema de los derechos de autor; otras webs, no ponen tantos reparos a la hora de publicar cualquier contenido (se llegan a colgar pelAi??culas enteras), y sAi?? facilitan las descargas.
Si bien se pueden entender esos reparos a colgar un videoclip de Shakira o fragmentos de CrepA?sculo, A?por quAi?? a veces se prohAi??be subir programas de televisiA?n, o resA?menes de partidos de fA?tbol? A?No se supone que sus cadenas ya emiten esos contenidos en abierto, y que sus beneficios vienen de la publicidad? En los programas de televisiA?n, intervienen dos derechos. Por un lado el de las productoras, que graban los programas, y los venden a las cadenas que estAi??n interesadas en emitirlos. Y por otro, los derechos de radiodifusiA?n de las mismas cadenas de televisiA?n. La Primera o Telecinco son propietarias de sus emisiones; y si bien permiten sus grabaciones para usos privados (aunque pagando un canon sobre casetes y cintas de vAi??deo, que no es tan famoso como el de sus sucesores los dvd), la publicaciA?n en Internet sin su permiso, y cobrando por publicidad, es una cosa bien diferente. Muchas cadenas de televisiA?n han llegado a acuerdos con Google para colgar algunos materiales en Youtube, como medio de que su programaciA?n llegue a mA?s gente. Pero otras, como Tele 5, han preferido reservarse todos sus programas para una web propia (MiTele), donde puedan controlar mejor los contenidos y los ingresos de publicidad.
El tema de los programas de televisiA?n nos lleva a los problemas que puedan plantear los sistemas de radio o televisiA?n por Internet. Por norma general, las propias cadenas permiten a los internautas seguir sus programas en directo, a travAi??s de sus webs. A?QuAi?? sucede con los sistemas de TVP2P? Muchos de ellos son completamente legales: llegan a acuerdos con las cadenas para retransmitir algunos de sus canales, como Octoshape o Zattoo (de hecho, Ai??ste A?ltimo ha tenido que pasar recientemente a la modalidad de pago, al no poder asumir el pago de derechos sA?lo con publicidad). Otros, en cambio, se limitan a integrar en una red P2P todas las seAi??ales de televisiA?n que faciliten sus usuarios (como Sopcast).
Y el mejor ejemplo lo encontramos precisamente en la retransmisiA?n de partidos de fA?tbol y baloncesto. Por norma general, las federaciones y los clubes negocian con distintas cadenas de televisiA?n, para venderles el derecho de retransmitir sus partidos. Esos derechos son exclusivos dentro de cada paAi??s; y la competencia del extranjero pude resultar muy peligrosa, especialmente si se opta por ofrecer esos partidos mediante pago, cuando fuera son gratuitos. Para evitar que los aficionados nacionales sigan los partidos en webs extranjeras, se exige que cada cadena restrinja sus emisiones a los internautas de su paAi??s. Por razones parecidas, cuando intentamos ver los episodios de una serie de la Fox, o un documental de la BBC, desde sus pA?ginas web, nos encontramos con el aviso de que esas emisiones sA?lo estA?n disponibles para EEUU o Gran BretaAi??a. Sin embargo, cuando se conectan las seAi??ales de televisiA?n a una red TVP2P abierta a todo el planeta, cualquiera puede acceder a ese programa. Ai??sa es la razA?n por la que aficionados de todo el mundo siguen partidos de fA?tbol o baloncesto en canales chinos o japoneses.
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